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Alcaldía Municipal de Puerto Carreño, Vichada

Decreto 151 de 2021

Decreto 151 de 2021

Por medio del Decreto 151 de 2021 se establecen nevos horarios permitidos para establecimientos de comercio que involucren el expendio de bebidas embriagantes en Puerto Carreño:

✅ Los días lunes, martes, miércoles y jueves en el horario comprendido entre las 9:00 A. M. De cada día hasta la 1:00 A. M. Del siguiente día.
✅Los días viernes y sábado en el horario comprendido desde las 9:00 A. M. De cada día hasta las 3:00 A. M. Del siguiente día.
✅El día domingo en el horario comprendido entre las 9:00 A. M. De cada día hasta la 1:00 A. M. Del siguiente día; cuando el día siguiente sea festivo el horario será de 9:00 A. M. De cada día hasta las 3:00 A. M. Del siguiente día.

-Las tiendas, supermercados, restaurantes, cafeterías y heladerías desde las 5:00 A. M. Hasta las 11:00 P. M. De cada día y podrán vender bebidas alcohólicas desde las 9:00 A. M. Hasta las 11:00 P. M. Del mismo día.

-Los hoteles, hostales y moteles funcionarán de lunes a domingo las 24 horas del día.

-Canchas sintéticas, en el horario entre las 5:00 A. M. De cada día hasta la 1:00 A. M. Del siguiente día y podrán vender bebidas alcohólicas desde las 9:00 A. M. Hasta las 11:00 P. M. Del mismo día.

Par más información, descarga el decreto completo aquí:👇

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